El número de días que se trabajó a lo largo del mes en el que dejamos nuestro trabajo. O sea, si nuestro último día es el 15, en el finiquito se encontrará la parte proporcional de nuestro salario que se ajusta a esos 15 días. Opcionalmente, también puedes integrar una solicitud para que se te ingrese el finiquito cuanto antes, así como el certificado de empresa. La compañía está obligada a realizarlo, pero asimismo lo puedes incluir en el documento.
En lo que se refiere al importe, comprendo que no dar esa prestación fué animado pro el covid y los cambios que ha contado. Entendemos no es reclamable salvo que figure en su nómina como retribución en especie. Es viable trabajar en otra empresa mientras que permanece en ERTE en su compañía de origen. Debe hacer llegar al SEPE su nueva contratación y dejarán de abonarle la prestación que venía percibiendo.
Pienso que sí, pero no comprendo el motivo, porque mi ERTE es por mi antiguo trabajo, que es de lunes a viernes, y el nuevo trabajo va a ser los últimos días de la semana, unas horas sábado y domingo. En ese caso, dejarás de tener derecho a percibir la prestación por desempleo hasta el momento en que se te concluya el trabajo. Y podrás reincorporarte a tu vieja empresa en cuanto te saquen del ERE temporal. Ten presente, que el hecho de comenzar a trabajar en otra compañía puede ser incompatible con el cobro de la prestación por desempleo que percibes del ERE temporal. Por ese fundamento, en esta entrada te voy a explicar en qué casos perderías parcial o totalmente el cobro del paro.
Trabajo en un centro de día de personas con discapacidad, mi horario es de 9.00h a 17.00h de lunes a viernes, la comida es suministrada por la compañía mediante un servicio de catering. A lo largo del confinamiento estuvimos teletrabajando 5h diarias de lunes a viernes. El 12 de mayo empecé en un centro ocupacional desde las 8.00h hasta las 15.00h.
💼Tras Una Baja Voluntaria, ¿cuándo Puedo Cobrar El Paro?
Relacionado con el punto previo, la prestación por desempleo abona el 70% de la base pertinente. Por tanto, siempre se cobra menos cuando se está desempleado que haciendo un trabajo. No obstante, en algunas ocasionesdurante el periodo de tiempo de negociación se acuerda que la compañía complementará una parte de la pérdida del salario.
Por otro lado, a finales del mes pasado, me di de alta de autónomo con la cuota plana para unos cursos que estoy ofertando vía internet. Muchas gracias por toda la información, y por contestar a todos los mensajes. Es, sin duda, una obra popular, sobre todo en estos momentos que estamos viviendo, lamentablemente. A mi parecer, te tienen que incluir en el ERTE y finalizar el contrato en el momento en que llegue la fecha de fin de contrato. Sería discutible si fuese un contrato formativo.
Baja Facultativa Por Género De Contrato
Pero sí, puedes iniciar en la otra empresa, incluso si bien no te hayan dado de baja. Depende de si tienes derecho o no a prestación por desempleo. La única forma de no abonar el salario de un trabajador es sancionandole, peo no te pueden sancionar, o al menos cumplir la sanción, si estás de baja por IT. Hay ciertos derecho irrenunciables recogidos en el producto 3.5 del Estatuto.
Y mucho más aún me tienen que 3 sábados y un domingo trabajado desde hace diez meses y no me los quieren abonar. Tengo contrato fijo desde diciembre del 2018, me gustaría poder denunciarlo todo esto, pero tengo temor a represalias y a que no me paguen todo lo que me deben y mi hoja para ir a cobrar el paro. Tengo miedo a quedarme en la calle, estoy a 3 semanas de tener mi primer hijo.. Nos han comunicado que harán un ERTE por fuerza mayor gracias a coranvirus con reducción de jornada a fin de que tengamos la posibilidad cobrar por lo menos medio salario y nos adelantan que no tienen fondos para abonar el otro 50%. Tengo bastante claro que no es legal que no nos pagan el salario pertinente, pero que debemos llevar a cabo los trabajadores cuando deseen hacernos firmar la resolución, y como nos tenemos la posibilidad de predecir a las faltas de pagos de sueldos.
Yo soy supervisora de zona podrían llamarme para contemplar un puesto de vendedora? Si se extingue su contrato, primeramente lo deben sacar del ERTE y después despedirle. En este caso, usted va a tener los derechos de liquidación, finiquito y también indemnizatorios que le correspondan según su preciso contrato.
¿Qué Ocurre Si Dimito En El Nuevo Trabajo Antes De Que Me Llamen De La Compañía Donde Estoy De Ere Temporal?
La recíproca es una entidad que tiene fondos propios, en tanto que las empresas las contratan. No deben firmarte nada, tu sencillamente comunicalo y ya está, no es requisito ofrecer ningún motivo.. Como andas de baja, es preferible que cumplas el preaviso que indic el convenio colectivo.
En cualquiera de los casos, ¿debo cumplir el preaviso de 30 días que establece mi Convenio laboral una vez presentada dicha carta? Y ¿qué efectos tendría la comunicación de la baja facultativa mientras estoy en el ERTE? Al estar su contrato suspendido, puede hacer llegar su resolución de salida facultativa inmediatamente. Mi consulta es por el hecho de que soy dependiente, la compañía me sacó la mitad del ERTE, hasta ahí bien, pero me queda un mes para que se me concluya el contrato temporal que hace el año terminado. ¿La compañía tiene la obligación de dejarme indefinida o dejarme 6 meses más? Pues no me dan ninguna información y ayer me mandaron la carta de despido, pero con el día de finalización no con el día de comienzo.
Y sería viable que la compañía quisiera llegar de algún modo a un acuerdo conmigo para despedirme, o como podría hacerlo yo? Puesto que no me agradaría regresar a mi puesto y menos embarazada, por miedo a poder perder el bebé debido al agobio. Puedes comunicarlo en el momento en que quieras, no hay un plazo. La compañía puede despedirte si hay una causa para ello, pero nunca puede ser una causa el embarazo.
Se puede finalizar un contrato estando en ERTE. Si está de baja no le pueden meter en el ERTE. Normalmente la empresa la incluye a los efectos de comunicar a la autoridad laboral, pero en la práctica a ella le sigue abonando la nómina la empresa como hasta ahora y no le suspenden la relación laboral. Sí, se tienen la posibilidad de realizar varios géneros de ERES o ERTES.
En mi empresa han dicho que estaremos alternando por semanas por el inconveniente del corona virus y que se nos descontara de las vacaciones. Me encuentro de baja por estar embarazada, pero no por peligro en el embarazo, si no por contingencias comunes, porque trabajo de cara al público y el médico decidió darme la baja por todo el tema del COVID-19. Sobre la otra cuestión, tengo mis inquietudes. La verdad es que si ahora estuvieras con la baja por peligro en el embarazo, no te podrían incluir en el ERTE.